Hola:
Viniendo de este hilo, os pondre en
- ANTECEDENTES
En la reunion del 7 de septiembre, se adopto la regla de la neutralidad ideologica, segun la cual los parlamentarios del Partido Pirata, a priori, se abstendrian en toda votacion parlamentaria ajena al ideario del partido; y la regla del consenso minimo, segun la cual para abandonar el abstencionismo a priori seria necesario alcanzar un consenso del 75 %.
Como quiera que en dicha reunion no se definio quien participaria en dicho consenso, abri una encuesta para definir quienes lo harian. Hasta la fecha, se registraron 17 votos, y ninguna de las 6 opciones obtuvo mas de 4 votos, lo que refleja bien a las claras la disparidad de opiniones respecto a las alternativas planteadas.
Findeton, kilix, edulix y yo observamos, por un lado, que se producian diferencias entre quienes, partidarios de que fuesen los ciudadanos y no los miembros quienes decidiesen, pensaban que debian decidir solo los de las circunscripciones con parlamentarios del Partido Pirata y quienes pensaban que debian decidir todos los españoles; por otro lado, y del mismo modo, quienes, partidarios de que fuesen los miembros, dudaban si dar voz y voto o tan solo voz a los simpatizantes. Lo que si quedo inequivocamente claro - solo 1 voto de 17 - es que de ningun modo los miembros por si solos podrian arrogarse el derecho de cambiar esa abstencion sin antes consultar, bien a los ciudadanos, bien a los simpatizantes.
Asi mismo, al no poder garantizar que un simpatizante sea realmente un simpatizante y no alguien simpatizante de otro partido que quisiese mediatizar el sentido de los votos parlamentarios de los representantes del Partido Pirata en las Cortes, observamos una frontera difusa entre simpatizante y ciudadano. Por ello, y considerando que el verdadero debate no esta entre simpatizantes y ciudadanos, sino en si estos deben tener voz y voto o tan solo voz, efectuamos el siguiente
- PLANTEAMIENTO
Para abandonar la abstencion en todos los temas ajenos al ideario del Partido Pirata, nuestra propuesta es que seran los ciudadanos los que, con arreglo al criterio del consenso minimo del 75 %, decidan si se debe abandonar o no dicha abstencion, siempre para votaciones concretas, siempre como excepcion y no como regla.
La votacion se podra plantear en los dos casos siguientes:
- Los parlamentarios reciben una oferta, votar a favor de leyes ajenas al ideario del partido, a cambio de que el partido en el Gobierno apruebe leyes favorables a los objetivos del partido, y ponen en conocimiento dicha oferta
* En este caso, para que la votacion se lleve a cabo se debe alcanzar un consenso previo por parte de los miembros del partido, con una participacion minima; si esta se alcanza se llevara a cabo la votacion ciudadana, donde nuevamente el consenso sera requerido asi como una participacion ciudadana minima - de no alcanzarse esta, la votacion ciudadana se considerara consultiva, no vinculante -, y en caso de no alcanzarse el consenso se mantendra la abstencion.
- Los ciudadanos pretenden que se presente en el Congreso un proyecto de ley, o estan en contra de uno ya presentado y en debate; se requerira, en este caso, la presentacion de un porcentaje minimo de firmas ciudadanas a definir, para que esta votacion se lleve a efecto; los firmantes obviamente no necesitaran votar ya que se sobreentiende su voto favorable.
- CONCLUSION
Con esta propuesta, quedan salvaguardados varios principios, bajo nuestro punto de vista:
- Se hace mas viable actuar en virtud de la voluntad ciudadana
- Se evita que grupos minoritarios organizados aprovechen bajas tasas de participacion para mediatizar las decisiones parlamentarias del partido.
- Se evita estar cambiando de forma frecuente la postura abstencionista del partido, abandonandola solo excepcionalmente y no como una regla.
- Se evita atosigar a la ciudadania con votaciones frecuentes.
